La Constitución española de 1978 define "un Estado social y democrático de derecho", fijando "un régimen público de seguridad social que beneficia a todos los ciudadanos, y la asistencia y prestaciones sociales suficientes para afrontar situaciones de necesidad". A su vez, la Carta Magna recoge "el derecho a la vivienda de todos los españoles".
La Ley de Bases del Régimen Local de 1985, regula las competencias de los municipios, entre las cuales se reconoce la de prestar "los servicios sociales, de promoción y reinserción social". Además, esta normativa establece que los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes tienen obligación de prestar servicios sociales, aunque no especifica en qué consisten ni tampoco quiénes son los beneficiarios de los mismos.
Ahora que se acercan las elecciones generales, es el momento de revisar los programas de los partidos políticos y reclamar un poco más de compromiso.
Ley 7/1985, de 2 de Abril, Bases del Régimen Local
Capítulo III
Competencias
Artículo 25.
2. El municipio ejercerá, en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del estado y de las comunidades autónomas, en las siguientes materias:
k) prestación de los servicios sociales y de promoción y reinserción social.
Artículo 26.
1. Los municipios por sí o asociados, deberán prestar, en todo caso, los servicios siguientes:
c) en los municipios con población superior a 20.000 habitantes, además:
…, prestación de servicios sociales,…
1 Comentarios:
Bueno... pues viene a ser lo de siempre, es decir, indignante. Los que legislan son los primeros en incumplir la ley. Debemos de exigir como ciudadanos que las cosas cambien. Es nuestra responsabilidad.
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